martes, 8 de abril de 2014

Remito
 
Se utiliza este comprobante para ejecutar la venta o remisión de bienes vendidos en el la persona que recibe esos bienes deja constar si conformidad y con ella queda concretado el derecho de vendedor a cobrador sirve de base para la preparación e una factura.
El remito se extiende por triplicado:
·         El original firmado por el vendedor se entrega al requirente.
·         El segundo duplicado con la conformidad del comprador por los efectos que lo han recibido  y queda en manos del vendedor.
·         El ultimo duplicado permanecerá en la sección de depósitos o de mercancías salientes. No se registrara ni sirve para la contabilidad de las empresas, sin embargo los remitos si tienen valor legal.
 
cldjm

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